Llega a tu retiro sin depender de nadie
¿Vas a seguir trabajando hasta los 90? Porque si tu único plan es la Afore, esa es la conversación que hay que tener. No para asustarte: para que te dé tiempo de hacer algo.

¿Por qué retiro (ppr) y no solo guardar dinero?
Haz que el SAT te ayude
Las aportaciones a un plan personal de retiro son deducibles en tu declaración anual dentro de los límites del artículo 151 de la LISR. Es dinero que hoy se va en impuestos y que puede quedarse en tu patrimonio.
No sustituye tu Afore, la complementa
La Afore es obligatoria y no la controlas. El PPR es voluntario y lo defines tú: cuánto, cada cuándo y hasta cuándo. Lo sensato es tener los dos.
Tú pones las reglas
Defines la aportación y el plazo desde el inicio, con base en la pensión que quieres tener, no en la que te toque.
Protección mientras construyes
El plan puede incluir cobertura si falleces o quedas inválido, de forma que la meta se cumpla aunque tú ya no puedas aportar.
¿Esto es para ti?
Si te reconoces en dos o más de estas, vale la pena la plática.
- Eres asalariado o independiente y presentas declaración anual
- Sabes que tu Afore sola no va a alcanzar
- Quieres bajar tu carga fiscal haciendo algo útil con ese dinero
- Tienes entre 25 y 50 años y todavía te sobra el activo más valioso: tiempo
- Tomaste una pausa laboral y tus semanas cotizadas se quedaron cortas

¿Cuánto tiempo tengo que estar aportando?
El plazo lo eliges tú desde el inicio. Entre más largo, menor es la aportación mensual necesaria para llegar al mismo monto.
- 10 años
- Para quien empieza después de los 45 y necesita ritmo.
- 15 años
- Equilibrio entre aportación mensual y monto final.
- 20 años
- Si empiezas en tus 30, la aportación mensual es notablemente menor.
¿PPR, Afore o Cetes? En qué se diferencian
No compiten entre sí: resuelven cosas distintas. Lo que sigue es la comparación que normalmente se hace en la primera asesoría.
| Plan Personal de Retiro | Afore | Cetes | |
|---|---|---|---|
| ¿Quién decide cuánto aportas? | Tú, desde el inicio y por contrato | Tu patrón y la ley; puedes hacer aportaciones voluntarias | Tú, cuando te acuerdes |
| ¿Es deducible de impuestos? | Sí, dentro de los límites del art. 151 de la LISR | Las aportaciones voluntarias sí, con reglas propias | No |
| ¿Se puede retirar antes? | Sí, con costo y devolviendo el beneficio fiscal | Solo en supuestos muy acotados | Sí, al vencimiento de cada plazo |
| ¿Incluye protección si faltas? | Puede incluir cobertura por fallecimiento o invalidez | No, es una cuenta de ahorro | No |
| Su punto débil | Requiere constancia; salirse temprano cuesta | No la controlas y difícilmente alcanza sola | Nada te obliga a reinvertir, y ahí se pierde |
Los límites de deducción cambian cada año. Verifícalos en tu declaración anual o pregúntanos en la asesoría.
¿Cuánto tendrías a los 65?
Mueve dos controles y mira qué pasa. No pedimos nada para enseñarte el resultado.
- 1
- 2
- 3
- 4
Calculemos tu ahorro
Solo necesitamos dos datos para estimar tu retiro.
Proyectamos hasta los 65: te quedan 35 años de aportaciones.
A tus 65 años podrías tener
$4,095,846
Aportando $2,500 al mes durante 35 años.
Supuestos: rendimiento anual de 6.6% y proyección hasta los 65 años. Coeficientes de protección y beneficio fiscal tomados de Tablas de producto de GNP Seguros. Es una estimación con supuestos simplificados, no una cotización ni una promesa de rendimiento.
¿Cómo ahorrar para mi retiro? Plan Personal de Retiro
Qué es un Plan Personal de Retiro, en qué se diferencia de tu Afore y cómo funciona el beneficio fiscal.

Preguntas frecuentes sobre retiro (ppr)
¿Qué es un Plan Personal de Retiro (PPR)?
Un Plan Personal de Retiro es un instrumento de ahorro de largo plazo, regulado en México, diseñado para complementar tu pensión. A diferencia de la Afore, tú decides cuánto y cada cuándo aportas, y las aportaciones son deducibles de impuestos en tu declaración anual conforme al artículo 151 de la Ley del ISR.
¿El PPR sustituye a mi Afore?
No, la complementa. La Afore es obligatoria y se alimenta de las aportaciones de tu patrón, tú y el gobierno; el PPR es voluntario y lo controlas por completo. Puedes tener los dos al mismo tiempo, y de hecho es lo recomendable: la Afore sola difícilmente alcanza para mantener tu nivel de vida.
Dejé de trabajar unos años para cuidar a mi familia, ¿puedo recuperar esas semanas?
Las semanas que ya cotizaste no se pierden: se quedan congeladas y siguen contando. Lo que no se recupera son los años en que no hubo aportaciones, y ese hueco no se cierra solo al volver a trabajar. Para taparlo hace falta un instrumento voluntario, como un plan personal de retiro, que no depende de tener patrón.
¿Qué pasa si necesito sacar mi dinero antes del plazo?
Puedes hacerlo, pero tiene costo. En los primeros años el valor de rescate es menor a lo aportado, y si el plan tenía beneficio fiscal tendrías que devolver la deducción aplicada. Por eso el plazo se define desde el inicio con base en lo que realmente puedes sostener.
¿Mi dinero está seguro?
Tu dinero no lo administra una persona: lo administran instituciones financieras reguladas y supervisadas en México por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF). Además, todo agente de seguros debe estar certificado ante la CNSF, y puedes verificarlo tú mismo en el registro SIPRES de CONDUSEF.
¿Tengo que estar ahorrando de por vida?
No. Tú escoges el plazo al contratar: puede ser de 5, 10, 15 o hasta 20 años. Al terminar el plazo dejas de aportar y el dinero acumulado sigue siendo tuyo, con los rendimientos que haya generado.
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